Programa de Clemencia

Programa de Clemencia

El Artículo 48 de la Ley 601, fundamenta el eximente de responsabilidad administrativa y por tanto de sanción pecuniaria, para todo agente económico que ponga en conocimiento a PROCOMPETENCIA de algún tipo de acuerdo u otra práctica violatoria descritas en la Ley 601

• Solicitante Persona Jurídica.

• Solicitante Persona Natural Dependiente.

• Solicitante Persona Natural como Agente Económico Independiente
•Contactar al encargado del programa de clemencia, al telefono 505 7826-6747 o al e-mail: programaclemencia@procopetencia.gob.ni , no es suficiente dejar un mensaje, se requiere el contacto efectivo con el encargado del programa de clemencia.

•Presentarse a la oficina del Instituto Nacional de Procompetencia, con la dirección de fiscalización de la competencia.


A-Proporcionar antecedentes precisos, veracez y comprobables que representen un aporte efectivo a la constitución de los elementos de prueba del acuerdo, suficientes para fundamentar una denuncia.

B-Abstenerse de divulgar la solicitud del beneficio de clemencia hasta que PROCOMPETENCIA haya formulado requerimiento u ordenado archivar los antecedentes de la solicitud, salo que PROCOMPETENCIA haya autorizado expresamente su divulgación;

C-Poner fin a su participación en la conducta inmediatamente después de presentada su solicitud de beneficio de clemencia o continuar con la autorización de la autoridad, para recopilar información suficiente que permita la aplicación efectiva de clemencia a su favor.

D-Comprometerse que una vez sancionada la practica anticompetitiva, devolvera las ganacias btenidas desde que inicio el cartel.

E-Adoptar un programa de cumplimiento, a fin de poder corregir cualquier práctica comercial inapropiada, dicho programa correrá a costa del agente economico y deberá ser ejecutado por un perito de un listado por PROCOMPETENCIAA

Formulario de Clemencia

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